Trámites a realizar tras el nacimiento de un hijo.

Recopilación de las gestiones y trámites a realizar tras el nacimiento de un hijo

Cuidados tras el parto   



El nacimiento de su hijo supone la realización de varios trámites administrativos.
En esta página le ofrecemos información que le puede facilitar los mismos.

 

viñeta En el Centro Hospitalario:
Se le entregará la siguiente documentación:
viñeta El certificado de nacimiento del recién nacido.
viñeta El alta hospitalaria de la madre.
viñeta El documento de salud infantil del bebé, en el que consta la fecha de la primera vacuna y la fecha de realización de la primera  prueba del talón. Más información:           Calendario de vacunación >>
          
Prueba del talón >>
          Detección precoz de hipoacusias >>
Y podrá realizar los siguientes trámites:
viñeta Solicitud de inscripción en Registro CivilMás información >>
En caso de que en su centro hospitalario no pueda realizar este trámite antes de las 72 horas del nacimiento, deberá acudir personalmente al Registro Civil


viñeta  En el centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS-INSS)
Podrá realizar los siguientes trámites:
viñeta Solicitar el Reconocimiento del Derecho a la Asistencia Sanitaria con emisión del preceptivo  Documento Acreditativo de Derecho a la Asistencia Sanitaria. Este reconocimiento es imprescindible para la emisión de la Tarjeta Sanitaria.
Para ello, previamente, el niño deberá estar empadronado en el Ayuntamiento de su municipio de residencia y presentar un documento de identidad del niño (el Certificado literal de Nacimiento o el Libro de Familia).

viñeta  La Seguridad Social permite desde enero de 2016 la posibilidad de que los padres den de alta por Internet a sus hijos recién nacidos como beneficiarios de asistencia sanitaria, a través de su web 'Tu Seguridad Social' (https://tu.seg-social.gob.es).
viñeta Solicitar la  prestación por maternidad y paternidad. Más información >>
NOTA: Si la madre no trabaja y está apuntada al paro (tanto si cobra subsidio como si no), debe acudir a su Servicio de Empleo Público (SEPE)  para informar de su baja maternal.

viñeta En el Ayuntamiento:
El alta en el Padrón  se realiza de oficio por el Ayuntamiento a través de la información facilitada por el Registro Civil, inscribiéndose al nacido en el domicilio en el que figuren empadronados ambos o uno de sus progenitores, dándose preferencia en este último caso al domicilio en el que figure inscrita la madre.
También es posible dar de alta en el Padrón a los recién nacidos a solicitud de los padres que tengan su guarda o custodia, o, en su defecto, de sus representantes legales.
Más información>>

viñeta  En el Registro Civil:
Si no ha podido solicitar en su hospital la Inscripción de Nacimiento de su hijo, deberá realizar el siguiente trámite:
viñeta La inscripción del nacimiento. Más información >>

viñeta En el Centro de Salud :
Podrá realizar los siguientes trámites:
viñeta  Tramitación de la tarjeta sanitaria( previamente habrá tenido que acudir al ayuntamiento por el empadronamiento y el CAISS). Más información >>
viñeta La asignación de pediatra y enfermera.
viñeta Solicitar cita para la primera revisión del bebé, con su pediatra y matrona según las recomendaciones de las sociedades científicas.
viñeta Solicitar el Informe de maternidad mediante cita con su médico de familia. Más información >>


viñeta En la empresa:
Podrá solicitar:
viñeta Un certificado de empresa en el que consten las bases de cotización del mes anterior al nacimiento. Dichas bases de cotización son las que se tomarán como base del cálculo para las prestaciones durante las bajas de maternidad y paternidad.
viñeta Modificación de IRPF en la próxima nómina. Más información>>
Las empresas se pueden demorar en este trámite  un par de días en tener el certificado.

viñeta Otra información de interés:
viñeta Información sobre el permiso de  maternidad. Más Información >>
viñeta Información sobre el permiso de  paternidad. Más Información >>
viñeta Deducción por maternidad para madres trabajadoras de 100 euros al mes durante los 3 primeros años. Más información>>

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